Tabla de contenido
¿Qué es una reclamación de los acreedores de la masa concursal? ¿Qué es una prueba de reclamación? ¿Cómo disputar una prueba de reclamación? ¿Qué son las reclamaciones garantizadas y no garantizadas? Pregunta de discusión Pregunta de práctica Investigación académica
¿Qué es una reclamación de los acreedores de la masa concursal?
Un reclamo es un aviso al síndico del patrimonio del deudor de que el deudor le debe una cantidad fija al reclamante. Los demandantes son acreedores de la herencia. Para las quiebras de liquidación y las quiebras de reorganización personal, los acreedores del patrimonio deben presentar una prueba de reclamación dentro de un período específico de recepción de la notificación de la declaración de quiebra. Un acreedor que no presenta un reclamo contra el patrimonio no puede cobrar esa deuda más tarde si la declaración de quiebra procede a la descarga del deudor. A continuación se presentan varios aspectos importantes sobre las reclamaciones contra la masa concursal:
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¿Qué es una prueba de reclamación?
Al comienzo de un caso de quiebra, el deudor debe proporcionar una lista de todos los bienes y deudas que se incluirán en el patrimonio. El deudor también debe identificar a todos los acreedores que tienen estas deudas. A continuación, se notifica a los acreedores sobre el caso de quiebra de los deudores con instrucciones sobre cómo presentar una reclamación. A continuación, los acreedores deben presentar una prueba del crédito que certifique ante el tribunal la naturaleza y el importe del crédito. Si un acreedor presenta un reclamo garantizado, debe incluir evidencia de un derecho de garantía. Los acreedores en las bancarrotas de los Capítulos 7 y 11 deben presentar la prueba de reclamación dentro de los 90 días posteriores al conocimiento del caso de bancarrota. En los casos del Capítulo 11, el tribunal establecerá una fecha límite para que los acreedores puedan presentar una prueba de reclamación; pero no es necesario presentar una prueba de reclamación para recibir una distribución del patrimonio del deudor.
Nota : En algunos casos, los acreedores no garantizados pueden solicitar al tribunal que nombre un comité de acreedores para representar sus intereses colectivos y comunicarse con el deudor en posesión.
¿Cómo disputar una prueba de reclamación?
Cuando un acreedor presenta un reclamo contra el patrimonio de la quiebra, otras partes interesadas (como el deudor, el síndico, el DIP u otros acreedores) pueden presentar una objeción al reclamo. Si un tercero se opone a la reclamación, esto crea un asunto impugnado que se adjudica en un procedimiento ante el tribunal de quiebras. La parte que objeta debe demostrar que la reclamación no es válida. Si la parte presenta alguna prueba en contra de la pretensión, la demandante deberá presentar prueba para sustentar su pretensión. Un fideicomisario o deudor en posesión generalmente paga según el monto de la reclamación permitida por el tribunal.
¿Qué son las reclamaciones garantizadas y no garantizadas?
Un crédito garantizado es la cantidad de una deuda igual al valor de los intereses de los acreedores en los activos de la herencia. El reclamo se bifurca y se asegura en la medida del valor de la garantía. Cualquier cantidad de la reclamación de los acreedores más allá del valor de la garantía se clasifica como una reclamación no garantizada. El monto de un reclamo generalmente es la deuda adeudada al momento de la presentación, incluidos todos los montos que se acumulan antes de la petición, los intereses, los cargos por pagos atrasados y los honorarios de los abogados. Una deuda generalmente no recibe intereses durante la tramitación de la quiebra sin excepción especial. Las deudas que surjan después de la declaración de quiebra no se incluyen en la masa de la quiebra. Las únicas deudas posteriores a la petición incluidas en la masa concursal son los gastos administrativos de gestión de la masa o las instancias de financiación posterior a la petición. Estos reclamos generalmente reciben prioridad administrativa sobre los reclamos no garantizados. La diferencia entre el monto del reclamo permitido pagado al acreedor y el monto del reclamo del acreedor es el monto de la deuda descargada en la quiebra.
Nota : Para que se incluyan como parte de un reclamo garantizado o no garantizado, los honorarios de los abogados deben estar permitidos por contrato o ley estatal. Si así se permite, los honorarios de los abogados se tratan de la misma manera que los intereses de la deuda.
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Pregunta de discusión
¿Qué opina sobre el requisito de que todos los acreedores del deudor presenten créditos a la masa concursal? ¿Es adecuado el requisito de disputar reclamaciones? ¿Está de acuerdo con la forma en que se manejan los reclamos garantizados y no garantizados?
Pregunta de práctica
ABC Corp se declara en bancarrota del Capítulo 11 (reorganización). 123 Corp es acreedor de ABC. ABC envía notificación de la declaración de quiebra a todos los acreedores. ¿Cuáles son los requisitos para que se pague el 123 en su reclamación? ¿Qué sucede si ABC o cualquier otro acreedor disputa el reclamo de 123 contra el patrimonio? Si la deuda adeudada a 123 está garantizada por una garantía que solo vale la mitad del monto de la deuda, ¿cómo se manejará esto?
Investigación académica